Abogada amenaza con cárcel a un periodista
La Voz de la Frontera
9 de agosto de 2012
Juan Galván, periodista policíaco, fue obligado a comparecer ante el Juzgado Primero Penal de Mexicali, pero lo hizo invocando el Artículo 186 del Código de Procedimientos Penales que establece que personas que no están obligadas a declarar y especifica en el inciso IV claramente: "Los periodistas, reporteros o personal que preste sus servicios dentro de alguna empresa o medio de comunicación escrito o electrónico...", por lo que la abogada litigante Guadalupe Rivas González, al no ver realizada su estrategia, solicitó al Ministerio Público pena de uno a cinco años de prisión por negarse a declarar.
Esto ocurrió ayer antes del mediodía luego que la juez Bertha Vidal Madera negó el acceso a reporteros gráficos y de televisión que pretendieron entrar al Juzgado para conocer detalles de la comparecencia de su compañero periodista.
A los reporteros que se les permitió el acceso sin sus equipos de trabajo les dijo sentirse abrumada "por la presión de tantas cámaras", sin entender para qué tanto despliegue si sólo se trataba de una diligencia simple.
Se le explicó a la juez que últimamente se ha estado haciendo una práctica común de parte de algunos abogados de citar como testigos a periodistas que en el desarrollo de su función redactan y firman notas informativas de acontecimientos ocurridos en la ciudad, cuyos datos son plasmados públicamente y sobre los mismos nada más tienen que aportar los periodistas.
Si un abogado considera que la nota informativa servirá para la defensa de su cliente, no tiene más que presentarla y no exigirle al juez la comparecencia del reportero, quien no aportará ningún elemento más allá de lo que ya se publicó.
La juez Vidal Madera pidió comprensión de los medios, pues su función apegada a la Ley es la de atender las peticiones de los abogados y una vez que se revisen las pruebas ofrecidas por los mismos, ella emitirá su dictamen.
En poco más de hora y media se desahogó la diligencia en la cual una y otra vez a cada pregunta de la abogada defensora de quien se encuentra recluido en la cárcel por provocar la muerte de una persona al conducir un vehículo en estado inconveniente, Juan Galván invocó el mencionado precepto del Código de Procedimientos Penales.
Esto molestó a la litigante, quien pidió a la secretaria del Juzgado le dijera al periodista las penas que se aplican a quienes se niegan a declarar (prisión de uno a cinco años) y solicitó se turne el caso al Ministerio Público, pues desde su punto de vista el comunicador incurrió en esta negativa.
Un abogado presente -quien pidió omitir su identidad- dijo que este tipo de estrategias son usadas por algunos abogados para dilatar los juicios -éste en particular lleva más de dos años- pues a sabiendas que este tipo de comparecencias no los van a llevar a ningún lado a favor de su cliente, sí logran extender la prolongación del juicio con propósitos no muy claros.
9 de agosto de 2012
Juan Galván, periodista policíaco, fue obligado a comparecer ante el Juzgado Primero Penal de Mexicali, pero lo hizo invocando el Artículo 186 del Código de Procedimientos Penales que establece que personas que no están obligadas a declarar y especifica en el inciso IV claramente: "Los periodistas, reporteros o personal que preste sus servicios dentro de alguna empresa o medio de comunicación escrito o electrónico...", por lo que la abogada litigante Guadalupe Rivas González, al no ver realizada su estrategia, solicitó al Ministerio Público pena de uno a cinco años de prisión por negarse a declarar.
Esto ocurrió ayer antes del mediodía luego que la juez Bertha Vidal Madera negó el acceso a reporteros gráficos y de televisión que pretendieron entrar al Juzgado para conocer detalles de la comparecencia de su compañero periodista.
A los reporteros que se les permitió el acceso sin sus equipos de trabajo les dijo sentirse abrumada "por la presión de tantas cámaras", sin entender para qué tanto despliegue si sólo se trataba de una diligencia simple.
Se le explicó a la juez que últimamente se ha estado haciendo una práctica común de parte de algunos abogados de citar como testigos a periodistas que en el desarrollo de su función redactan y firman notas informativas de acontecimientos ocurridos en la ciudad, cuyos datos son plasmados públicamente y sobre los mismos nada más tienen que aportar los periodistas.
Si un abogado considera que la nota informativa servirá para la defensa de su cliente, no tiene más que presentarla y no exigirle al juez la comparecencia del reportero, quien no aportará ningún elemento más allá de lo que ya se publicó.
La juez Vidal Madera pidió comprensión de los medios, pues su función apegada a la Ley es la de atender las peticiones de los abogados y una vez que se revisen las pruebas ofrecidas por los mismos, ella emitirá su dictamen.
En poco más de hora y media se desahogó la diligencia en la cual una y otra vez a cada pregunta de la abogada defensora de quien se encuentra recluido en la cárcel por provocar la muerte de una persona al conducir un vehículo en estado inconveniente, Juan Galván invocó el mencionado precepto del Código de Procedimientos Penales.
Esto molestó a la litigante, quien pidió a la secretaria del Juzgado le dijera al periodista las penas que se aplican a quienes se niegan a declarar (prisión de uno a cinco años) y solicitó se turne el caso al Ministerio Público, pues desde su punto de vista el comunicador incurrió en esta negativa.
Un abogado presente -quien pidió omitir su identidad- dijo que este tipo de estrategias son usadas por algunos abogados para dilatar los juicios -éste en particular lleva más de dos años- pues a sabiendas que este tipo de comparecencias no los van a llevar a ningún lado a favor de su cliente, sí logran extender la prolongación del juicio con propósitos no muy claros.