RESUELVE EL TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO, DOS JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, CORRESPONDIENTES A CONVOCATORIAS PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS MUNICIPALES.



REVOCA Y MODIFICA LA CONVOCATORIA PARA DELEGADOS Y SUBDELEGADOS DE PARAÍSO, TABASCO.

En sesión pública número S/PB/10/2013, celebrada el día de hoy a las 10:30 horas, en la Sala de Sesiones, los magistrados que integran el Pleno de este Tribunal Electoral de Tabasco, resolvieron dos Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano.

En cuanto al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano promovido vía per saltum por las ciudadanas Francisca Flores Romero y Martha Alicia Domínguez Ávalos, en contra de la convocatoria para elegir delegados y subdelegados municipales, para el período 2013-2015, emitida por el H. Ayuntamiento Constitucional de Paraíso, Tabasco. 

Las enjuiciantes, señalan que les causa agravios la convocatoria, la cual violan sus derechos político constitucionales de votar y ser votados; por las siguientes razones:

1. Que se considera ilegal la base 1, inciso L) de la convocatoria en donde la autoridad responsable señala que para ser candidato y/o candidata a delegado municipal, se requiere un determinado número de firmas para poder participar en el proceso de elección de delegados municipales; 

2. Que les causa agravio la base 1, incisos E), F) y H) porque consideran que la temporalidad otorgada a los aspirantes para presentar los documentos establecidos relacionados a carta de no antecedentes penales, constancia de laicismo y de la Unidad de Alcoholes de la Secretaría de Finanzas.
3. Les causa agravio la falta de difusión de la convocatoria.

Del estudio de los puntos expuestos por las demandantes el Pleno del Tribunal acordó:

Revocar el inciso L) de la base 1 de la convocatoria controvertida, por lo tanto deberá abstenerse de exigir como requisito para el registro de los aspirantes.

Se modifican los incisos E), F) y H) de la base 1 de la convocatoria impugnada, para efecto de que el cumplimiento de los requisitos a que se refieren tales incisos, quede sujeto únicamente a la presentación de una carta declaratoria bajo de protesta de decir verdad.

Se ordena al Cabildo, al presidente municipal y a la Comisión Edilicia Temporal para el proceso de delegados y subdelegados municipales, todos del H. Ayuntamiento Constitucional de Paraíso, Tabasco; para que dentro del ámbito de sus facultades, dicten las medidas necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de la presente sentencia.
Del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano promovido por Marbella de la Cruz Ruiz y Rosaura López Montejo, como aspirantes a jefas de sección, titular y suplente, respectivamente, de la ranchería Ignacio Zaragoza del municipio de Macuspana, Tabasco, para controvertir la convocatoria para elegir a los delegados, sub-delegados, jefes de sección y jefes de sector.

De los argumentos esgrimidos por las actoras, se advierte que su pretensión consiste en que este órgano jurisdiccional declare la nulidad de la convocatoria controvertida, por considerar que viola sus derechos político-electorales de ser votadas.

Las enjuiciantes realizan diversos planteamientos encaminados a combatir la convocatoria.
1. Indebida publicación de la convocatoria
2. Debida difusión de la convocatoria
3. Publicación de la convocatoria por funcionarios no autorizados por la ley
4. Inexistencia de acta de sesión de Cabildo, que respalde la aprobación y emisión de la convocatoria
5. Incongruencia de la exigencia de constancia de no laicismo
6. Exigencia de firmas de vecinos mayores de edad de la comunidad 
7. Vulneración a los usos y costumbres de los pueblos indígenas

Analizados cada uno de los puntos expuestos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco acordó declararlos inoperantes e inatendibles, por lo que lo procedente es confirmar la convocatoria para elegir a los delegados y sub-delegados, jefes de sección y jefes de sector de Macuspana, Tabasco, para el trienio 2013-2015, emitida por el Ayuntamiento de la citada municipalidad el seis de marzo de dos mil trece.


*Para más información visite http:/www.tet.gob.mx

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